LEY ORGANICA DEL SERVICIO OCEANOGRAFICO Y DE PESCA (SOYP)




Promulgación: 21/09/1945
Publicación: 02/10/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 862
Ver: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 198 (Dirección Nacional de 
Recursos Acuáticos - DINARA),
      Decreto Ley Nº 14.499 Derogada/o de 05/03/1976 (Industria Lobera y Pesquera 
del Estado - ILPE),
      Decreto Ley Nº 14.484 de 18/12/1975 (Instituto Nacional de Pesca - 
INAPE).
Referencias a toda la norma

Artículo 17

   El S.O.Y.P. se hará cargo de las obligaciones del actual Servicio
Oceanográfico y de Pesca, que a la fecha de la sanción de la presente ley
se encuentren pendientes de pago, las que serán atendidas con el producto de la colocación de dicha deuda.
   El S.O.Y.P. entregará al Ministerio de Defensa Nacional la cantidad de
trescientos mil pesos ($ 300.000.00) que se destinan a la adquisición de 
un buque-escuela, suma proveniente, en gran parte, de adelantos hechos al 
actual Servicio Oceanográfico y de Pesca, con cargo a rubros pertenecientes al fomento de la marina militar.
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