Ver: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 198 (Dirección Nacional de
Recursos Acuáticos - DINARA),
Decreto Ley Nº 14.499 de 05/03/1976 (Industria Lobera y Pesquera
del Estado - ILPE),
Decreto Ley Nº 14.484 de 18/12/1975 (Instituto Nacional de Pesca -
INAPE).
Al Directorio le está prohibido:
A) Contraer préstamos en conjunto, en los Bancos o con particulares,
superiores a cincuenta mil pesos, sin autorización del Poder Ejecutivo.
B) Comprometer al organismo directa o indirectamente, en operaciones
comerciales o industriales extrañas a su cometido.