UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA. ESCUELA DE BIBLIOTECNIA. CREACION




Promulgación: 14/08/1945
Publicación: 03/09/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 705

Artículo 3

   La misma Junta elegirá un Consejo Consultivo Honorario compuesto de cuatro miembros y un Presidente, cuya misión consistirá en asesorar a las
autoridades de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración y al
Director de la Escuela, acerca de cuanto tenga relación con el aspecto técnico del funcionamiento de la Escuela. Los miembros de dicho Consejo serán renovados cada cuatro años, pudiendo ser reelegidos.
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