FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES. MODIFICACION DE IMPUESTO. TABACOS, CIGARROS Y CIGARRILLOS. SOBRETASA INMOBILIARIA




Promulgación: 29/12/1944
Publicación: 05/01/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1412

Artículo 2

   Los funcionarios que a la sanción de esta ley se encontraren ya percibiendo la asignación mínima de cincuenta pesos, mantendrán prelación para el ascenso, aun en el caso de que contaran con menor antigüedad en el 
desempeño de sus funciones.
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