EMISION DE DEUDA PUBLICA CON DESTINO A OBRA PUBLICA Y VIALIDAD




Promulgación: 23/12/1944
Publicación: 09/01/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1318
Referencias a toda la norma

Artículo 23

   El producido de la venta o permuta de los siguientes inmuebles de propiedad del Estado: cuartel de Paysandú; cuartel de Florida; cuartel de Tacuarembó; cuartel del Prado; cuartel de Batlle y Ordóñez y predio sobre la rambla República de Chile en el Buceo, se destinará al refuerzo de los rubros de las construcciones militares mencionadas en el apartado E) o al ensanche de los predios de los cuarteles a construirse o de los existentes. (*)

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 12.463 de 05/12/1957 artículo 49 (interpretativo).
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