Toda persona, institución, firma industrial o comercial que hubiere efectuado apropiación indebida de envases pertenecientes a los productores, se hará pasible de multas equivalentes al duplo del valor de los envases sustraídos. Ese monto no podrá ser inferior a cincuenta pesos ($ 50.00).
En caso de reincidencia, las multas se duplicarán.