FIJACION DE PRECIOS. ENVASES




Promulgación: 20/11/1944
Publicación: 04/12/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1186
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   En todos los casos en que medie fijación por el Estado de precios mínimos para la comercialización de productos agrícolas, y siempre que los envases no hayan sido proporcionados por el comprador, la propiedad de los mismos pertenecen al vendedor, quien podrá enajenarlos conjuntamente con los productos o reclamar en caso contrario, su devolución, que se le deberá realizar en especie o en otros del mismo género y calidad. Salvo expresa especificación en contrario, firmada por el productor, se entenderá que la propiedad del envase le pertenece.

AMEZAGA - ARTURO GONZALEZ VIDART - ADOLFO FOLLE JUANICO
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