BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 20/09/1944
Publicación: 30/09/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 921
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El préstamo a que hace referencia el artículo anterior, será concedido únicamente a los obreros que hayan trabajado 100 jornadas en total, durante las dos últimas zafras. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 5.
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