FISCALIAS. FUNCIONARIOS. CARGOS




Promulgación: 25/07/1944
Publicación: 31/07/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 706

Artículo 2

   Corresponde al Fiscal Letrado Suplente, subrogar a los Fiscales Letrados Departamentales en los casos de vacancia temporal, de los empleos respectivos, de acuerdo con la reglamentación que al efecto dicte el 
Poder Ejecutivo.
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