OTORGAMIENTO DE SUBVENCION




Promulgación: 10/12/1943
Publicación: 31/12/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1943
  •    Página: 1747

Artículo 1

   Mientras no se establezca el régimen legal del dominio público de la República, y en particular el que determine la jurisdicción de las autoridades nacionales y locales en las fronteras internacionales, el Gobierno Departamental de Rivera se hará cargo de la parte uruguaya de la Plaza Internacional Rivera-Livramento, cuyo destino actual no podrá cambiarse sin autorización legislativa. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

AMEZAGA - JOSE SERRATO - HECTOR ALVAREZ CINA
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