EXONERACION DE IMPUESTO. BIENES INMUEBLES. AFORO




Promulgación: 12/12/1941
Publicación: 19/12/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1941
  •    Página: 1191

Artículo 3

   Bastará la declaración jurada del aspirante a la exoneración, para tenerla por valedera respecto a que se trata de su único bien raíz.
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