Los que vendan o pongan en venta mercaderías con marca usurpada o
falsificada, están obligados a dar al comerciante o fabricante dueño de ellas, noticias completas por escrito sobre el nombre y la dirección del que haya vendido o procurado la mercancía, así como la época en que haya comenzado el expendio, y en caso de resistencia, podrán ser compelidos judicialmente, so pena de ser considerados como cómplices del delincuente.