Fecha de Publicación: 05/08/1940
Página: 165-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 3

   Las fuerzas del Ejército se reparten en tres categorías:

A) El Ejército Activo que comprende:

   1.º El Ejército Permanente.
   2.º La Reserva Activa.
   3.º Las Fuerzas Auxiliares.

B) La Reserva Móvil.
C) La Reserva Territorial.

   Para la constitución de las reservas, los ciudadanos serán divididos en 
clases militares, que comprenderán, respectivamente a los nacidos entre el 1.º de Enero y el 31 de Diciembre de cada año.
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