Fecha de Publicación: 23/05/1940
Página: 295-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 6

   Las construcción a efectuarse de acuerdo con esta ley, se harán por el 
Ministerio de Obras Públicas, con el asesoramiento y aceptación de las 
autoridades del Consejo de Enseñanza Primaria y Normal.
Ayuda