Fecha de Publicación: 22/05/1940
Página: 290-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 5

   Cométese al Ministerio de Obras Públicas los trabajos de demolición de 
los edificios expropiados y las obras que la Comisión Administrativa del 
Poder Legislativo le indique como terminación o complemento del Palacio 
Legislativo.
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