Fecha de Publicación: 28/08/1939
Página: 479-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 8

   En todos los casos que se refieran a la limitación y fiscalización de los perros, el Centro de Estudio y Profilaxis de la Hidatidosis, verificará el cumplimiento de las disposiciones pertinentes, contenidas en los artículos 759, 760, 761 y 762 del Código Rural y ley número 3606 de Policía Sanitaria de los Animales.
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