Las consecuencias legales y reglamentarias de un fallo adverso pronunciado por los Tribunales de Honor, tendrán sanción definitiva del Poder Ejecutivo, dentro de las limitaciones siguientes:
A) Apercibimiento.
B) Suspensión del mando.
C) Suspensión del cargo.
D) Exoneración del cargo.
E) Pérdida del grado para el caso del inciso 5 del artículo 46.
Y para los Oficales en situación de retiro.
A) Apercibimiento.
B) Privación del derecho al uso del uniforme.
C) Privación de los honores correspondientes a su grado.