MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
En tiempo de guerra, se podrán conferir ascensos por méritos especiales o acciones heroicas, aunque no existan vacantes y no se haya llenado las condiciones establecidas para el tiempo de paz. El Jefe superior de las fuerzas pedirá el ascenso y si fuera acordado, se contará con la antigüedad del hecho que lo motivó.Ayuda