Fecha de Publicación: 11/09/1934
Página: 453-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 12

   El Poder Ejecutivo reglamentará las insignias y uniformes del personal marino-militar, los que no podrán ser usados por individuo alguno que no pertenezca a la Armada.

                                   TITULO II

                             CUADROS DE OFICIALES
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