Fecha de Publicación: 11/09/1934
Página: 453-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 10

   A la Inspección General de Marina están subordinados todos los marinos militares de la Nación, incluso los superiores, salvo en los casos en que,
por el destino que tengan, dependan directamente de otra autoridad.
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