Fecha de Publicación: 13/12/1933
Página: 477-A
Carilla: 1

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Ley N° 9.149

Se modifica y amplía la ley 9.127, sobre precio mínimo del trigo

Asamblea Deliberante.

   La Comisión Legislativa Permanente, en ejercicio de las facultades que le confiere la ley de 16 de Noviembre de 1933,

                              DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase y amplíase la ley número 9127 de fecha 14 de Noviembre de 1933 sobre el precio mínimo del trigo en la siguiente forma:
   Fíjase en cinco pesos ($ 5.00) el precio mínimo base por cada 100 kilogramos de trigo de pan correspondiente a la cosecha 1933-34.
   Dicho precio se entenderá puesto el cereal en Montevideo y regirá hasta el 31 de Enero de 1934.
   Ese precio mínimo aumentará después de esta fecha mensualmente en cinco centésimos ($ 0.05) hasta el 30 de Noviembre de 1934, quedando por tanto fijado así:
   Meses de Diciembre de 1933 y Enero de 1934, $ 5.00 los 100 kilogramos.
   Febrero de 1934, $ 5.05 los 100 kilogramos. 
   Marzo de 1934, $ 5.10 los 100 kilogramos.
   Abril de 1934, $ 5.15 los 100 kilogramos.
   Mayo de 1934, $ 5.20 los 100 kilogramos.
   Junio de 1934, $ 5.25 los 100 kilogramos.
   Julio de 1934, $ 5.30 los 100 kilogramos.
   Agosto de 1934, $ 5.35 los 100 kilogramos.
   Setiembre de 1934, $ 5.40 los 100 kilogramos.
   Octubre de 1934, $ 5.45 los 100 kilogramos.
   Noviembre de 1934, $ 5.50 los 100 kilogramos.

TERRA.- AUGUSTO CESAR BADO.- PEDRO COSIO.
Ayuda