Esta Corte estará compuesta por siete miembros titulares, cuya elección corresponderá, conjuntamente con la de veintiocho suplentes, a la Asamblea General Legislativa, especialmente convocada al efecto en la primera quincena de Marzo del año que corresponda, debiendo efectuarse la elección en listas firmadas y por el sistema del doble voto simultáneo y la representación proporcional integral.
Dentro del término de los cinco días que sigan al de la elección el Presidente de la Asamblea General convocará a los electos para reunirse en el local de ésta, a fin de darles posesión de sus cargos, declarando constituída la Corte, después de electos Presidente y Vicepresidente a pluralidad de sufragios.