Fecha de Publicación: 24/06/1921
Página: 622
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

Artículo 4

   Facúltase a la Comisión Asesora de Colonización para adquirir, con la previa conformidad del Banco Hipotecario, campos destinados a ser fraccionados y adjudicados a los colonos. Dicha Comisión deberá requerir igualmente de las oficinas técnicas del Ministerio de Industrias datos con respecto a las condiciones de los campos a adquirirse, su adaptabilidad para los cultivos, etc., etc., todo lo cual lo especificará el P. E. en la reglamentación respectiva.
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