Fecha de Publicación: 24/06/1921
Página: 622
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

Artículo 17

   Autorízase al P. E. para disponer de Rentas Generales hasta la cantidad de cincuenta mil pesos, con la que dotará a la Comisión Asesora de Colonización, a fin de que ésta proporcione, con calidad de reintegro, los elementos indispensables a los agricultores cuyo capital no alcance para cubrir los gastos de instalación y los que reclamen las tareas iniciales de explotación del predio que les hubiera sido adjudicado.
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