Fecha de Publicación: 24/06/1921
Página: 622
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

Artículo 12

   Sin perjuicio del asesoramiento, inspección y contralor que deben ejercer, dentro de sus respectivas esferas de acción, las distintas oficinas técnicas del Ministerio de Industrias, la Comisión Asesora de Colonización queda especialmente encargada de vigilar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, pudiendo compeler al pago puntual de los servicios de amortización e intereses de los préstamos hipotecarios, para cumplir con sus obligaciones hacia el Banco.
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