El Tribunal, cuyo fallo será inapelable y deberá ser fundado, se pronunciará sobre los puntos siguientes:
A) Si existe ofensa que justifique el duelo.
B) En caso afirmativo, quién es el ofendido.
El fallo se pronunciará teniendo a la vista los antecedentes del caso, que deberán elevar los padrinos al someterlos al Tribunal. Este podrá también recibir explicaciones verbales de los padrinos del desafiante y desafiado por su orden. Bastarán dos votos conformes para que el fallo sea válido.