Fecha de Publicación: 06/02/1919
Página: 232
Carilla: 4

MINISTERIO DE GUERRA Y MARINA

Artículo 4

   Actividad y Retiro son las situaciones militares.
   Actividad es la situación de los oficiales que desempeñan funciones inherentes a su empleo.
   Retiro es la situación de los que no están en actividad. Equivale a la jubilación en el orden civil.
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