Fecha de Publicación: 08/01/2026
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.

Artículo 674

   Sustitúyese el artículo 210 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, por el siguiente:

   "ARTÍCULO 210. (Consejo Fiscal Autónomo).- Con la finalidad de
   fortalecer la institucionalidad fiscal, el Poder Ejecutivo conformará
   un Consejo Fiscal Autónomo, el cual tendrá carácter técnico e
   independiente y cuya principal función será la de asesorar al
   Ministerio de Economía y Finanzas en materia de política fiscal,
   evaluación de los riesgos a la estabilidad fiscal, sostenibilidad de
   la deuda pública y seguimiento de la regla fiscal.

   El Consejo Fiscal Autónomo se relacionará en forma directa con el
   Ministerio de Economía y Finanzas, quien deberá suministrarle la
   información y documentos necesarios para el cumplimiento de sus
   funciones.

   El Consejo Fiscal Autónomo deberá presentar sus informes a las
   Comisiones Parlamentarias que aborden la temática específica de su
   competencia.

   El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo".
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