Sustitúyese el último inciso del numeral 11) del artículo 1° del Título 11 del Texto Ordenado 2023 por el siguiente:
"El Poder Ejecutivo podrá fijar las alícuotas de este numeral según la
clasificación en índices de eficiencia energética, el uso de energías
alternativas u otros factores, tales como el precio corriente de plaza
o valor en aduana, para los distintos tipos de vehículos".