Sustitúyese el literal N) del artículo 38 del Título 7 del Texto Ordenado 2023 por el siguiente:
"N) Los dividendos y utilidades distribuidos por entidades residentes y
no residentes cuando los rendimientos y los incrementos patrimoniales
que les den origen provengan de activos cuyas rentas sean objeto del
régimen de imputación definido en el artículo 21 de este Título".