Fecha de Publicación: 08/01/2026
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.

Artículo 647

   Agrégase al artículo 17 del Título 4 del Texto Ordenado 2023 el siguiente inciso:

   "Cuando, en virtud de lo dispuesto por el inciso tercero del artículo
   3° del presente Título, se haya dejado de ser residente en territorio
   nacional, se deberá efectuar un cierre de ejercicio fiscal a dicha
   fecha, a los solos efectos de este impuesto".
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