Sustitúyese el último inciso del artículo 203 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 630 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, por el siguiente:
"El Instituto se comunicará y coordinará con el Poder Ejecutivo a
través de la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio
Exterior".