Fecha de Publicación: 08/01/2026
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.

Artículo 387

   Créase el Instituto Nacional de Investigación en Salud y Bienestar (INISaB) como un órgano desconcentrado dependiente del Ministerio de Salud Pública, con autonomía técnica.

   La gestión del Instituto Nacional de Investigación en Salud y Bienestar estará a cargo de un Consejo Directivo y de un Director Ejecutivo.

   El Consejo Directivo será honorario y estará integrado por:

   A) Un representante del Ministerio de Salud Pública (MSP), quien lo
      presidirá.

   B) Un representante designado por la Universidad de la República
      (UdelaR).

   C) Un representante por la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología.

   D) Un representante del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).

   E) Un representante de la sociedad civil o de organizaciones de
      usuarios.

   El Director Ejecutivo asistirá al Consejo, y será designado por concurso de oposición y mérito.
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