Fecha de Publicación: 08/01/2026
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.

Artículo 35

   Agrégase como inciso segundo del artículo 76 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 43 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, el siguiente: 

   "Las trasposiciones hacia el Grupo 0 "Servicios Personales" y Grupo 5
   "Transferencias", dentro del mismo proyecto de inversión o entre
   proyectos de inversión, requerirán informe previo y favorable de la
   Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y
   Finanzas".
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