Fecha de Publicación: 08/01/2026
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.

Artículo 299

   Transfiérense de pleno derecho y a título gratuito, de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, la propiedad de los padrones inmuebles número ciento cincuenta y seis mil seiscientos veinticuatro (156.624) de la Localidad Catastral y Departamento de Montevideo y número cuarenta y dos mil seiscientos diecisiete (42.617) de la Localidad Catastral Ciudad de la Costa del Departamento de Canelones.

   Lo dispuesto en este artículo operará como título y modo de dichas traslaciones de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, un testimonio de esta disposición, el que podrá ser complementado con certificados notariales que contengan los datos pertinentes para el correcto asiento registral, quedando exoneradas dichas inscripciones de todo tributo registral.
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