Fecha de Publicación: 08/01/2026
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Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.

Artículo 273

   Agrégase al artículo 1° de la Ley N° 19.264, de 5 de setiembre de 2014, el siguiente inciso:

   "Se considerará presunción simple de incumplimiento de dichas
   especificaciones técnicas, cuando los bienes o servicios que deban
   someterse a procesos de análisis para determinar su adecuación a las
   mismas, no se presenten ante los organismos que correspondan, dentro
   del plazo y en las condiciones que en cada caso indique la
   reglamentación".
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