Fecha de Publicación: 08/01/2026
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.

Artículo 189

   Reasígnanse en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", programa 320 "Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios", unidad ejecutora 006 "Dirección Nacional de Incentivo a la Inversión", Proyecto 000 "Funcionamiento", los créditos presupuestales en pesos uruguayos, en las financiaciones y objetos del gasto que se determinan, con destino a financiar la partida creada en el artículo 157 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, de acuerdo al siguiente detalle:

Financiación
ODG
Importe
1.1
042.520
7.236.036
1.1
059.000
418.023
1.1
081.000
1.059.690
1.1
082.000
54.343
1.1
087.000
250.817
1.1
042.509
- 958.843
1.1
042.511
- 1.260.907
1.1
095.005
- 6.548.229
1.2
042.087
- 185.130
1.2
059.000
- 15.428
1.2
081.000
- 39.109
1.2
082.000
- 2.006
1.2
087.000
- 9.257
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