Fecha de Publicación: 08/01/2026
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.

Artículo 182

   Agrégase al artículo 1° de la Ley N° 17.829, de 18 de setiembre de 2004, y sus modificativas, el siguiente literal:

"H)Cuotas correspondientes a las facilidades de pago previstas en los
   artículos 32 y 33 del Decreto-Ley N° 14.306, de 29 de noviembre de
   1974 (Código Tributario)".
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