PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 27/03/2026.
Sustitúyese el artículo 34 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023, por el siguiente: "ARTÍCULO 34. (Validación y certificación de competencias).- La Oficina Nacional del Servicio Civil validará y certificará en un proceso de aplicación gradual las competencias de los funcionarios".Ayuda