Fecha de Publicación: 03/09/2025
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 9

   El Poder Ejecutivo reglamentará la forma y condiciones en que operarán las disposiciones de este capítulo a efectos de su funcionamiento y contralor, pudiendo limitar su alcance a determinadas zonas geográficas no más allá del radio máximo dispuesto en el literal B) del artículo 7°.

                                CAPÍTULO 3

                 REDUCCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
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