PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Sustitúyese el inciso primero del artículo 5° del Título 11 del Texto Ordenado 2023 por el siguiente: "ARTÍCULO 5°. (Contribuyentes).- Serán contribuyentes del impuesto los fabricantes y los importadores de los bienes gravados, excepto quienes importen bienes en el marco del régimen especial de comercio de frontera".Ayuda