Ley 20.419
Establécense normas para mitigar la diferencia de los precios relativos en los países limítrofes.
(4.127*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
CAPÍTULO 1
RÉGIMEN ESPECIAL DE COMERCIO DE FRONTERA
Artículo 1
Créase el régimen especial de comercio de frontera en las zonas fronterizas del país mediante el cual se podrá importar definitivamente determinadas mercaderías exentas del pago de tributos y paratributos, incluidos el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto Específico Interno.
PROF. YAMANDÚ ORSI; GABRIEL ODDONE; GABRIELA VERDE; FERNANDA CARDONA; JUAN CASTILLO.