Fecha de Publicación: 27/09/2024
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Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 8

   Créase la Comisión Honoraria para la Prevención del Robo de Vehículos, que tendrá como finalidad concordar y establecer criterios comunes entre los Gobiernos Departamentales y el Estado Nacional para paliar la ejecución de esta modalidad delictiva.

   La Comisión estará integrada por cinco miembros, tres designados por el Congreso de Intendentes, uno por el Ministerio del Interior y uno por la Presidencia de la República, que la presidirá.

   La Comisión dictará su propio reglamento.
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