Las entidades públicas estatales y no estatales deberán publicar en sus respectivos sitios web la representación cartográfica de los límites de su jurisdicción cuando esta sea subnacional- y de los límites de las circunscripciones administrativas en las que organizan su gestión.
Cométese a la Infraestructura de Datos Espaciales, con el apoyo del Grupo de Trabajo sobre Límites Administrativos, la definición de los criterios técnicos, entre los que se deberá prever la publicación en formato abierto, así como el contralor del cumplimiento de lo establecido en el presente artículo.