PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
(Deber de guardar reserva) - Los jerarcas y empleados del Fondo deberán guardar especial y estricta reserva sobre todo dato y hecho que hayan conocido en razón de su tarea, hasta tanto el Consejo Administrador resuelva levantar esa reserva. Los mecanismos de divulgación de la información científica y técnica serán reglamentados.Ayuda