Fecha de Publicación: 17/11/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 618

   (Publicaciones) - El Fondo Infancia publicará anualmente la memoria, los estados contables y sus anexos, el Programa Anual de Acción para el Abatimiento de la Pobreza Infantil financiado por la institución y la evaluación del cumplimiento de los planes, proyectos, acciones o programas ejecutados, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 191 de la Constitución de la República.

   Los estados contables y sus anexos deberán requerir previamente el visado del Tribunal de Cuentas.
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