Fecha de Publicación: 17/11/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 585

   Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer que los recursos que actualmente se destinan al Fideicomiso de Administración del Boleto sean asignados al Fideicomiso para la Movilidad Sostenible una vez constituido.

   La totalidad de los bienes, créditos, derechos, obligaciones y recursos existentes en el Fideicomiso de Administración del Boleto se transferirán de pleno derecho al patrimonio fideicomitido del fideicomiso referido en el inciso anterior.

   El Poder Ejecutivo reglamentará la transición y condiciones para la implementación de los cambios.
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