A los efectos del cumplimiento de lo establecido en el inciso final del artículo 28 del Decreto-Ley N° 15.524, de 9 de enero de 1984, la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO) requerirá del Tribunal de lo Contencioso Administrativo la remisión de aquellas sentencias firmes que declararon la nulidad total o parcial de actos administrativos de alcance general y abstracto, con efectos generales y absolutos, desde el año 1985 a la fecha.
A los efectos del cumplimiento de los cometidos atribuidos legalmente al IMPO, este deberá mantener actualizado el contenido de toda la normativa que edita y publica en el Diario Oficial y en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, en todos sus formatos accesibles, haciendo constar en la publicación electrónica de los actos declarados nulos "Anulado por sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y absolutos", lo cual deberá constar en cada una de las disposiciones anuladas.