Decláranse comprendidas en el inciso segundo del numeral 12) del artículo 17 de la Ley N° 16.871, de 28 de setiembre de 1997, las resoluciones del Ministerio de Ambiente que otorguen, modifiquen o extingan la autorización prevista en el artículo 7° de la Ley N° 16.466, de 19 de enero de 1994 y su reglamentación, respecto de aquellos proyectos que incluyan construcciones u obras, cuando la publicidad registral sea considerada necesaria por dicho Ministerio para asegurar la protección ambiental.
SECCIÓN V
ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 16
PODER JUDICIAL