Agrégase a la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, el siguiente artículo:
"ARTÍCULO 79 Bis. (Sistema de Información Territorial).- El Sistema de
Información Territorial de la unidad ejecutora 003 'Dirección Nacional
de Ordenamiento Territorial' del Inciso 14 'Ministerio de Vivienda y
Ordenamiento Territorial' tendrá como objetivo gestionar, documentar y
disponer información geográfica relativa al ordenamiento territorial,
así como los desarrollos e implementaciones tecnológicas que den
sustento a dichas tareas.
Funciona como uno de los nodos principales de la Infraestructura de
Información Geoespacial para el Ordenamiento Territorial pudiendo
cooperar con los nodos de otras instituciones en las actividades que
fortalezcan el funcionamiento de la misma".